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MIÉRCOLES 08 DE SEPTIEMBRE DE 2010

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02/06/2010

El FEGA modifica los gastos subvencionables de la medida de promoción en países terceros de la OCM

  • Se modifica el Anexo I, sobre “Tipos de gastos elegibles más frecuentes y su comprobación".
  • El cambio más importante supone la eliminación, de entre los gastos subvencionables, el referido a “costes de personal no dedicado en exclusiva a las actividades de promoción”.
     

El Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA), ha publicado con fecha 25 de mayo una circular que incluye una “Modificación de la Circular 10/2010 sobre criterios de coordinación para la gestión y control de ayudas a la promoción del vino en terceros países” de 26 de marzo y de la que el OeMv realizó una nota explicativa, disponible en la web del OeMv o en el siguiente enlace. La nueva Circular sustituye el Anexo I, sobre tipos de gastos elegibles más frecuentes y su comprobación.

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